Juicio Penal: Procedimiento Ordinario por Delitos
Es el procedimiento que se sigue para el enjuiciamiento de delitos castigados con penas privativas de libertad de más de 9 años cuyo conocimiento no esté atribuido al Tribunal del Jurado.
Es un proceso penal integrado por una multiplicidad de fases que se desarrollan sucesivamente ante dos órganos jurisdiccionales distintos:
- La fase de instrucción, denominada SUMARIO, se desarrolla ante el Juez de Instrucción competente o, en su caso, el de Violencia sobre la Mujer, que realiza todas las diligencias de instrucción hasta concluir el Sumario y lo remite ante la Audiencia Provincial respectiva o, en su caso, Audiencia Nacional, donde se desarrollarán las dos siguientes fases del proceso.
- La fase intermedia es aquella en la que el Tribunal dictará Auto confirmando o revocando el del Juez de Instrucción.
- La fase de Juicio Oral, celebrado el cual el Tribunal dictará la oportuna Sentencia.
Juicios Penales: Procedimiento Ordinario por Delitos. Elisa Hurtado Pérez, Procuradora de los Tribunales de Madrid.
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